Preguntas Frecuentes

Un seguro es un contrato con el que la compañía se obliga, mediante el cobro de una prima a cubrir   el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.

Es el monto que cada asegurado debe cubrir por cuenta propia en un evento o debe acumular durante el año calendario o año póliza por razón de gastos elegibles cubiertos.

Es el límite máximo de cobertura económica que otorgará la compañía de seguros a cada asegurado y que se reembolsará por una o más enfermedades o accidentes cubiertos, mientras goce de cobertura en la póliza.

El máximo vitalicio irá disminuyendo automáticamente en la cantidad o cantidades que se hayan pagado por las distintas reclamaciones.

Es el porcentaje de participación del asegurado, que se aplicará a los gastos elegibles   en cada reclamación después de cubrir el deducible

  • Cobertura Inmediata.
  • El suicidio estará cubierto después del segundo año de continua cobertura en la póliza.
  • Orientación Médica telefónica 24 horas.
  • Pago anticipado parcial de la suma asegurada básica por enfermedad Terminal hasta un máximo de 25% de la suma asegurada.
  • Desmembramiento o pérdida de la vista por causa accidental.

Se define como una enfermedad, lesión corporal, condición de salud o la presencia de síntomas y/o signos por los cuales el asegurado, previo a la fecha efectiva de su seguro:

1.- Llamar a la línea de emergencia vigente por la compañía y/o al hospital que este dentro de la red.
2.- Si requiere ambulancia llamar a la línea y brindar los datos requeridos por la compañía / hospital
3.- Presentarse a las instalaciones del hospital con el carnet vigente, en caso de no portarlo, avocarse al encargado de seguros del hospital para que se comunique urgentemente con la compañía.

 

  • Y de ser así debe consignarse para que no queda a la liberalidad de la compañía o la exigencia de los agremiados

Respuesta/: si,

Emergencias Cubiertas por la Aseguradora

  • Crisis Hipertensiva
  • Mordedura de animales
  • Accidente Cerebro Vascular
  • Dolor Precordial (primeras 12 horas)
  • Dolor Abdominal Agudo
  • Fiebre alta continua en menores de 6 años
  • Pérdida de conocimiento u obnubilación
  • Cólico Biliar Esguinces 
  • Quemaduras
  • Fracturas
  • Luxaciones
  • Heridas cortantes, corto punzantes, contusas y por arma de fuego
  • Hemorragias
  • Intoxicación Aguda
  • Cólico Nefroureteral
  • Trombosis
  • Convulsiones
  • Reacción Alérgica Aguda
  • Retención Aguda de Orina
  • Cuerpo extraño en ojos, nariz, garganta y oídos
  • Infarto del Miocardio
  • Deshidratación moderada-severa por vomito y/o diarrea
  • Episodios neurológicos agudos (Neuralgias periféricas agudas)
  • Estados de choque de cualquier orden
  • Angina de Pecho
  • Coma
  • Síndrome vertiginoso.
  • Crisis Asmática.
  • Politraumatismos
  • Insuficiencia Respiratoria Severa

Es el proceso mediante el cual el asegurado debe solicitar a la compañía la autorización para la realización de un procedimiento quirúrgico y no quirúrgico programado o electivo, considerando los siguientes aspectos:

Procedimiento de Pre autorización de Tratamientos Programados y/o electivos (exclusivamente si estos son generados mientras el asegurado permanezca interno por más de veinticuatro (24 horas) continuas)

  • El asegurado deberá realizar esta gestión 5 días antes a la fecha en que se ha programado el procedimiento.
  • Presentar formulario de pre-autorización a la Compañía debidamente completamente lleno, firmado y sellado por el o los médicos tratantes.
  • Carné de afiliación al Colegio de Abogados
  • Resultado de los exámenes de diagnóstico que sustentan el diagnóstico, si fueron realizados.
  • Historia y/o expedientes clínicos, así como cualquier otra información requerida por la compañía.
  • De requerir información adicional, la misma será solicitada en el plazo de los 5 días que tiene la compañía para el análisis de la pre-autorización; una vez que la misma sea recibida se procederá con el trámite normal.
  • La compañía procede a aceptar o denegar la pre-autorización.
  • Al ser aceptada la pre-autorización, el asegurado puede presentarse al hospital seleccionado a realizarse el procedimiento.
  • Cancelar el copago correspondiente, de acuerdo al proveedor utilizado, y su deducible si este no ha sido cubierto.
  • Procedimiento de Pre Autorización de Embarazos (Exclusivamente si estos son generados mientras el asegurado permanezca interno por más de veinticuatro (24 horas) continuas,  Presentar formulario de pre-autorización a la compañía debidamente completamente lleno, firmado y sellado por el o los médicos tratantes. (Se debe indicar si es parto normal o por cesárea)
  • Carné de seguro médico de MAPFRE Honduras vigente o el carnet de seguro de la compañía anterior, más su carnet de afiliación al Colegio de Abogados
  • Se sugiere pre autorizar al menos 20 días previos al parto, para evitar inconvenientes en caso de que el mismo se adelante o se atrase.
  • De requerir información adicional, la misma será solicitada en el plazo de los 5 días que tiene la compañía para el análisis de la pre-autorización; una vez que la misma sea recibida se procederá con el trámite normal.
  • La compañía procede a aceptar o denegar la pre-autorización.
  • Al ser aceptada la pre-autorización, el asegurado puede presentarse al hospital a realizarse el procedimiento

Lesión o enfermedad causada por insurrección o guerra, declarada o no, o a consecuencia de motín, huelga o conmoción civil (Estará cubierto siempre y cuando no sea participe de la misma)

Es un método utilizado por los planes médicos para poder determinar los pagos de las reclamaciones si usted tiene más de un plan de seguro médico hospitalario.

Deberá presentar fotocopia de todo el expediente de gasto de la cirugía/hospitalización que se realizó, presentado más la liquidación que presento con la Aseguradora “A” para presentar a la aseguradora “B” (aseguradora vigente)