La pensión por invalidez, es la renta vitalicia pagadera con periodicidad mensual, a aquellos miembros que a consecuencia de enfermedad o de accidente, le sobreviniere una incapacidad total y permanente para el normal desempeño de sus actividades profesionales, debidamente calificada previo dictamen emitido por la entidad competente y haya cotizado al Instituto por lo menos durante quince (15) años o según las recomendaciones de los estudios técnicos actuariales en función de la capacidad económica del Instituto. Dicho periodo no será aplicable en aquellos casos en que la incapacidad total o permanente sea originado por accidente profesionales producto de casos fortuitos debidamente comprobados.
Requisitos para solicitud de pensión por Invalidez
- Solicitud dirigida a la Junta Directiva del IPSPD.
- Certificación medica original indicando la incapacidad total y permanente del IHSS, Hospital Catarino, Leonardo Martínez, Hospital Escuela, Hospital San Felipe/ hospital público de su región.
- Copia de identidad
- Constancia de solvencia con el CAH e historial de comportamiento de pago de los 3 años.
- 15 años de cotizar
- Cuenta de ahorros en Banco de Occidente y constancia
- Autorización de deducción de cuotas gremiales.