Pensión por Invalidez

La pensión por invalidez, es la renta vitalicia pagadera con periodicidad mensual, a aquellos miembros que a consecuencia de enfermedad o de accidente, le sobreviniere una incapacidad total y permanente para el normal desempeño de sus actividades profesionales, debidamente calificada previo dictamen emitido por la entidad competente y haya cotizado al Instituto por lo menos durante quince (15) años o según las recomendaciones de los estudios técnicos actuariales en función de la capacidad económica del Instituto. Dicho periodo no será aplicable en aquellos casos en que la incapacidad total o permanente sea originado por accidente profesionales producto de casos fortuitos debidamente comprobados.

Requisitos para solicitud de pensión por Invalidez

  1. Solicitud dirigida a la Junta Directiva del IPSPD. 
  2. Certificación medica original indicando la incapacidad total y permanente del IHSS, Hospital Catarino, Leonardo Martínez, Hospital Escuela, Hospital San Felipe/ hospital público de su región.  
  3. Copia de identidad 
  4. Constancia de solvencia con el CAH e historial de comportamiento de pago de los 3 años. 
  5. 15 años de cotizar  
  6. Cuenta de ahorros en Banco de Occidente y constancia   
  7. Autorización de deducción de cuotas gremiales.